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En España, debe ir a la aseguradora correspondiente, que procederá con la baja
del empleado, procediendo así con los beneficios e indemnizaciones a los que el
trabajador podría tener derecho.
En Portugal, la solicitud se realizará en el Servicio Nacional de Salud (SNS) o en el
Centro de Salud que corresponda al trabajador, y deberá presentar el formulario
DA1 (antiguo E-123) emitido por la Seguridad Social española, que certifica el
derecho a recibir tratamiento médico com condiciones especiales reservadas
para accidentes de trabajo o enfermedades profesionales en otro país de la UE.
Este formulario incluirá la aseguradora del país responsable. Los médicos del
Servicio Nacional de Salud (NHS) y el Centro de Salud elaborarán y procesarán
un documento que respalde la enfermedad de acuerdo con los diagnósticos e
informes médicos correspondientes. Una vez obtenido el documento acreditativo
de la licencia, el trabajador debe dirigirse a la institución de Seguridad Social
correspondiente en Portugal, que procesará la baja correspondiente a través del
formulario E-116 y la enviará al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y
esto, en su caso, a la aseguradora correspondiente, actuando como mecanismo
de enlace entre los dos países.
MATERNIDAD
Vivo en Portugal y mi trabajo, por cuenta ajena, está en Extremadura. Viajo
diariamente desde Portugal a Extremadura para trabajar.
• ¿Cómo trato con la baja por enfermedad y el subsidio de maternidad?
Justificación legal: art. 17, 18 y 21 del Reglamento CE 883/2004 y art. 24
Reglamento CE no 987/2009.
Una trabajadora que presta sus servicios en España está sujeta a la legislación
española de seguridad social.
De acuerdo con las normas, el trabajador fronterizo tendrá derecho a recibir
asistencia médica antes del parto o en el momento del parto tanto en España
(donde trabaja) como en Portugal (donde vive).
En Portugal, la trabajadora debe presentar el formulario S1 que debe haber
solicitado previamente en el Instituto Nacional de Seguridad Social.
Después del nacimiento del niño, la trabajadora debe solicitar las prestaciones por
maternidad previa solicitud a la Dirección Provincial de Seguridad Social de
España a través del formulario http://www.segsocial.es/prdi00/groups/public/
documents/binario/113145.pdf, acompañado del registro de nacimiento del niño.
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